jueves, 29 de octubre de 2009

APQ


El otro día me di cuenta, al tener que comprobar  si un producto estaba afectado por el Real Decreto 379/2001de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos que no sólo están los definidos en las instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6, MIE-APQ-7 y MIE-APQ-8 sino que en el Objeto del reglamento incluye los productos peligrosos que se encuentran el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el  Real Decreto 363/1995 y en el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 1078/1993. El almacenamiento de estos productos no regulados por ninguna de las instrucciones técnicas complementarias también deben ser objeto legalización ya sea con documentación o bien proyecto de acuerdo con su tipología y cantidad a almacenar. Pero cual debe ser el contenido de esta documentación o proyecto, porque los artículos del reglamento no indican ninguna condición, creo que la clave debe estar en la ficha de seguridad del producto, donde nos especifica los requerimientos necesarios, características y condiciones de su almacenaje, interacciones con otros productos, seguridad, estos serán los apartados que deberemos evaluar y justificar su cumplimiento.

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